
VeriFactu + Crea y Crece: checklist por tamaño de empresa

¿Qué es VeriFactu y por qué es relevante para tu empresa?
VeriFactu es el sistema obligatorio de facturación electrónica impulsado por la Agencia Tributaria (AEAT) para garantizar la integridad, trazabilidad e inalterabilidad de las facturas emitidas por empresas y autónomos en España. Está regulado por el Real Decreto 1007/2023 y forma parte de la respuesta a la Ley Antifraude 11/2021.
Su objetivo es eliminar el “software de doble uso” y asegurar que cada factura pueda ser verificada por Hacienda en tiempo real o casi inmediato. Afecta a todos los contribuyentes que no están ya obligados al Suministro Inmediato de Información (SII), que dispone de su propio sistema.
Calendario práctico y nota oficial de Hacienda: ¿Cuándo es obligatorio VeriFactu según el tamaño de empresa?
Tras el Real Decreto 254/2025, Hacienda ha retrasado la entrada en vigor del reglamento VeriFactu para facilitar la adaptación de empresas y autónomos. El calendario oficial es:
- Empresas y sociedades (personas jurídicas): Obligación a partir del 1 de enero de 2026.
- Autónomos (personas físicas): Obligación a partir del 1 de julio de 2026.
- Las grandes empresas bajo el reglamento SII están exentas de Verifactu.
Este calendario escalonado responde a la necesidad de que los desarrolladores adapten sus soluciones y los contribuyentes dispongan de tiempo suficiente para cumplir los requisitos técnicos. Puedes consultar la nota oficial de Hacienda y el calendario actualizado en la web de la AEAT.
Clasificación de empresas: ¿Cómo saber si soy pequeña, mediana o gran empresa?
La clasificación oficial de empresas en España sigue los criterios de la Comisión Europea (Recomendación 2003/361/CE):
- Microempresa: <10 empleados y ≤2 millones € de facturación/anuales o activos.
- Pequeña empresa: <50 empleados y ≤10 millones € de facturación/anuales o activos.
- Mediana empresa: <250 empleados y ≤50 millones € de facturación/anuales o ≤43 millones € de activos.
- Gran empresa: ≥250 empleados o >50 millones € de facturación/anuales.
Esta clasificación afecta tanto a VeriFactu como a la facturación electrónica obligatoria de la Ley Crea y Crece.
Matriz de requisitos VeriFactu y Ley Crea y Crece por tamaño de empresa
1. Microempresas y autónomos
- Obligaciones: Adoptar software de facturación certificado que cumpla VeriFactu antes del 1 de julio de 2026.
- Opciones: Uso de la aplicación gratuita de la AEAT o software de mercado certificado.
- Facturación manual (Excel/Word): Permitida solo si se realiza sin automatización, numeración o conservación informática. Si se usan fórmulas, macros o se almacena digitalmente, debe cumplir VeriFactu.
- Exenciones: Quienes tributen en módulos o bajo regímenes especiales pueden estar exentos, igual que quienes ya usan SII.
2. Pequeñas y medianas empresas (PYMES)
- Obligaciones: Software de facturación certificado VeriFactu desde el 1 de enero de 2026 (si son sociedades) o 1 de julio de 2026 (autónomos).
- Requisitos técnicos: Generación de registros de facturación inalterables, hash encadenado, registro de eventos, QR y envío en línea a la AEAT (o almacenamiento seguro).
- Facturación electrónica B2B: Si la facturación supera los 8 millones de euros, obligación de facturación electrónica según Ley Crea y Crece desde enero de 2026.
3. Grandes empresas
- Obligaciones: Idénticas a las PYMES, pero suelen estar ya obligadas al SII y, por tanto, exentas de VeriFactu. Si no usan SII, deben cumplir VeriFactu desde enero 2026.
- Requisitos adicionales: Integración con sistemas de gestión y cumplimiento de auditorías internas y externas.
Checklist práctico para la implementación de VeriFactu
Audita tu sistema de facturación actual: ¿Es manual, Excel, software propio, ERP, etc.?
Comprueba si estás exento (SII, módulos, regímenes especiales).
¿Se podrá seguir facturando con Excel o Word? Resolvemos la duda clave
La respuesta depende de CÓMO se use:
- Facturación manual (sin automatizar, ni conservar): Si solo usas Excel, Word o similares para rellenar e imprimir facturas de forma manual, sin numeración automática ni conservación digital, NO estarás obligado a VeriFactu.
- Facturación informática (con fórmulas, macros, listados, conservación digital): Si usas Excel, Word, Google Sheets, etc., para generar, almacenar, numerar o procesar facturas de forma automatizada o digital, SÍ estarán sujetos a VeriFactu y deberás cumplir los mismos requisitos que cualquier software certificado.
Según la Consulta Vinculante V2653-24 de la Dirección General de Tributos, Hacienda aclara cuándo el uso de Excel pasa a considerarse “software de facturación”. La clave está en la automatización y en el tratamiento digital: si Excel se utiliza solo como una plantilla manual, queda fuera de VeriFactu; pero en cuanto sirve para generar, numerar o conservar facturas de forma informática, debe cumplir con la normativa.
Preguntas frecuentes sobre VeriFactu y Ley Crea y Crece
¿Qué empresas están exentas de VeriFactu?
- Empresas bajo SII (Suministro Inmediato de Información).
- Autónomos en módulos o regímenes especiales (agricultura, recargo de equivalencia).
- Operaciones B2C (con particulares), salvo que decidas voluntariamente adoptar el sistema.
¿Qué pasa si no adapto mi sistema a tiempo?
Las sanciones pueden alcanzar hasta 50.000€ por incumplimiento, y la Agencia Tributaria podrá requerir el acceso a registros electrónicos en cualquier momento.
¿Habrá una aplicación gratuita oficial?
Sí, la AEAT ha publicado una aplicación gratuita para autónomos y empresas pequeñas, accesible desde la sede electrónica.
¿Qué relación hay entre VeriFactu y la Ley Crea y Crece?
Ambas normativas impulsan la digitalización fiscal: VeriFactu regula el sistema de facturación electrónica y la Ley Crea y Crece obliga a la facturación electrónica en operaciones B2B, especialmente para empresas con facturación superior a 8 millones de euros desde enero 2026.
¿Qué requisitos tendrán que cumplir los desarrolladores de software de facturación?
Los SIF (incluida la modalidad VERI*FACTU) deben, entre otros, implementar:
- Registro de facturación por cada factura con campos estandarizados definidos por la AEAT.
- Inalterabilidad e integridad: encadenado con huella criptográfica/hash y control de versiones de los registros.
- Registro de eventos (log) con trazabilidad completa.
- Capacidad de remisión electrónica continuada, segura, automática e instantánea a la AEAT y uso de servicios web oficiales (WSDL, esquemas y validaciones).
- Inclusión del código QR con especificaciones AEAT y, cuando aplique, la leyenda “VERI*FACTU”.
- Conservación, accesibilidad y legibilidad de registros durante el plazo legal.
- Declaración responsable/certificación del software conforme al RRSIF, con identificación del SIF y versión en los registros.
